domingo, 19 de abril de 2015

GENERACIÓN DE DERECHOS HUMANOS



La evolución de los derechos humanos da un importante paso a partir de la revolución francesa del siglo XVIII, cuando surgen los grandes postulados liberales:

A) El liberalismo político
B) El liberalismo económico.

El liberalismo económico consiste en la libertad de mercado y la no intervención estatal en la producción y distribución de bienes y servicios. El liberalismo político consiste en la tutela de cuatro derechos fundamentales:

A) La vida.
B) La libertad
C) La seguridad
D) La propiedad

Esta etapa marca el origen de la llamada primera generación de los derechos humanos, que son precisamente los derechos que en ese entonces se pretenden reconocer en el individuo por su sola existencia y que son necesarios para la subsistencia.

Los derechos humanos de la primera generación surgen con la revolución francesa, como rebelión contra el absolutismo del monarca. Son los más antiguos: los denominados derechos civiles y políticos, mismos que imponen al Estado respetar siempre los derechos fundamentales del ser humano.

En 1870, con la caída del imperio astro-húngaro, comienza a pensarse en limitar el liberalismo, el cual, debido a las desigualdades que provocaba, había dado ya lugar a levantamientos sociales.

El constitucionalismo social enfatiza conceptos como el interés social o la utilidad pública incorpora derechos sociales, la vivienda, al trabajo, a la salud, a la educación y a la seguridad social, en las constituciones mundiales posteriores a 1917, como la constitución soviética de 1923.

 Los derechos sociales o de segunda generación implican una obligación activa por parte del órgano estatal, que consiste en determinar y establecer políticas, bases y lineamientos para hacer efectivo el disfrute de una mejor calidad de vida para diversos grupos o sectores de la población. Con el tiempo se dio en llamar a esta segunda generación derechos sociales, económicos y culturales, es decir, la serie de principios que pretenden la estructuración de un Estado en el que se permita a la sociedad el acceso a los medios para solventar sus más elementales necesidades económicas, culturales y de subsistencia. La segunda generación está constituida por derechos de tipo colectivo, Los derechos sociales, económicos y culturales, que surgen como resultado de la revolución industrial.

Éstos derechos son: toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, derecho al trabajo, a formar sindicatos, a un nivel de vida adecuado que le asegure, a el y a su familia a la salud, alimentación, vestido, y vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios, a la salud física y mental, a la seguridad pública, derechos de los padres a escoger el tipo de educación que habrá de darse sus hijos, etc.

La evolución  de las generaciones de derechos humanos y dio un  paso enorme luego de la crisis mundial que representó la Segunda Guerra Mundial, concluida en 1945. A partir de allí se presenta el fundamento doctrinal de una nueva etapa llamada la tercera generación de derechos humanos o derechos de solidaridad en el ámbito internacional. La tercera generación de derechos humanos, se forma por los llamados derechos de los pueblos o derechos de solidaridad, los cuales surgen en nuestro tiempo como respuesta a la necesidad de cooperación entre las naciones, así como de los distintos grupos que las integran.

Los derechos de los pueblos son: la autodeterminación, a la independencia económica y política, a la identidad nacional y cultural, a la paz, a la coexistencia pacífica, al entendimiento y confianza, a la cooperación internacional y regional, a la justicia social internacional, al uso de los avances de las ciencias y la tecnología, a la solución de problemas alimenticios, demográficos, educativos, ecológicos, al medio ambiente, al patrimonio común de la humanidad y el desarrollo que permita una vida digna.

Posteriormente, surgen documentos como el pacto de derechos civiles y políticos, así como el pacto de derechos sociales, económicos y culturales ambos de 1966, que expresa las obligaciones de los diferentes Estados suscriptores en materia de protección de sus derechos humanos de primera y segunda generación.

Los derechos de tercera generación o derechos de solidaridad rebasan el ámbito interno de los Estados y precisan para su efectividad, de la cooperación internacional.


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