Cada derecho
conferido en una norma a un sujeto, requiere de medios de control o garantía
para que el Estado pueda asegurarse de su cumplimiento.
La palabra garantía significa la acción de asegurar,
proteger, defender, certeza o salvaguardar. Garantía es equivalente, en su
sentido lato a aseguramiento o a financiamiento denotar también protección,
respaldo, defensa salvaguarda o apoyo.
Para garantizar el cumplimiento de los derechos
contenidos en las normas jurídicas es necesario que existan elementos en la
realidad social que perfeccionen el derecho al permitir su eficacia.
Me parece
sin duda indiscutible que el Estado garantice dichas garantías para proteger
derechos humanos de la persona, tenemos el retos importantes entre ellas que el
acceso a ellas sea fácil de tal manera que no exista complejidad para tramitación.
Es de resaltar que todo medio consignado en la constitución para asegurar el
goce de un derecho se llama garantía, aun cuando no sea de las individuales.
Por eficacia se entiende el carácter de efectividad para
realizar algo o cumplimiento real de un hecho o suceso para lograr el efecto
que se desea o espera. La eficacia normativa, consiste en que se cumplan o se
observen las conductas prescritas por dicha norma y dejen de producirse las
conductas prohibidas por la misma.
El amparo es una muestra clara de un medio jurídico de
garantía de los derechos contenidos en una norma jurídica, específicamente en
la norma constitucional.
Para lograr que la norma jurídica sea eficaz, el Estado
debe considerar elementos que van más allá del contenido de la norma, por
ejemplo los siguientes:
Ø Garantías
sociales
Ø Garantías
económicas
Ø Garantías
políticas
Ø Garantías
políticas
Se puede aseverar que las garantías son instrumentos que
crea el propio orden jurídico y con los que cuenta el gobernado para poder
defender ante terceros, sean estos otros gobernados o la propia autoridad, los
derechos subjetivos públicos de que es titular.
La Doctora Leticia Bonifaz al respecto menciona “...que
muchas veces se ha llegado a pensar que es suficiente la expedición de una ley
para resolver los problemas que en un momento determinado aquejan a la
sociedad. Los resultados esperados en
ocasiones no llegan por ineficacia del cuerpo normativo. En el fondo, el
problema estriba en que el derecho requiere de ciertas garantías jurídicas y
extra jurídicas para lograr y mantener su eficacia.”
Para poder garantizar la
eficaz aplicación del derecho y en general la obediencia las normas
jurídicas, existen diversos tipos de garantías:
Garantías económicas: Estas desempeñan un papel muy
importante para hacer efectivo el ejercicio de un derecho, el cumplimiento de
un deber, o la aplicación de una sanción. Esto se hace más claro cuando se
trata de garantizar el goce de derechos subjetivos públicos, que constituyen
directamente obligaciones de hacer por parte del Estado frente a los
gobernados, como sería el caso del educación obligatoria, pública y gratuita
que alude el artículo 3. Constitucional.
Garantías Sociales: Se define como aquellas que protegen
al hombre como integrante de un grupo social que protege a los grupos más
débiles, a los que históricamente han vivido oprimidos. Genéricamente la garantía
social es una relación jurídica entre dos grupos sociales y económicos
distintos. Particularmente es el vínculo de derecho entre sujetos que
pertenecen a clases sociales con intereses opuestos.
Garantías políticas: Son aquellas que otorga el Estado directamente
para respaldar, mediante el uso de su poder la eficacia de las normas
jurídicas, ante lo cual no podemos dejar de lado la importancia de la
legitimidad de la autoridad que represente
ha dicho estado y que por tanto ésta está facultada para ejercer el
poder.
Las garantías políticas no son sino relaciones reales de
poder que existen entre los factores políticos organizados, como sería el caso
de la división de poderes o el de las esferas de competencia.
Garantías jurídicas: Es el conjunto de disposiciones
jurídicas que tienden a hacer efectivas y tutelar la vigencia del derecho. Las
garantías jurídicas son medios o mecanismos de derecho, ya están
jurisdiccionales o de cualquier otra naturaleza, que permiten hacer efectivo el
goce de un derecho.
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