martes, 12 de mayo de 2015

GARANTÍAS DE LOS DERECHOS HUMANOS


Cada derecho conferido en una norma a un sujeto, requiere de medios de control o garantía para que el Estado pueda asegurarse de su cumplimiento.

La palabra garantía significa la acción de asegurar, proteger, defender, certeza o salvaguardar. Garantía es equivalente, en su sentido lato a aseguramiento o a financiamiento denotar también protección, respaldo, defensa salvaguarda o apoyo.

Para garantizar el cumplimiento de los derechos contenidos en las normas jurídicas es necesario que existan elementos en la realidad social que perfeccionen el derecho al permitir su eficacia.

Me parece sin duda indiscutible que el Estado garantice dichas garantías para proteger derechos humanos de la persona, tenemos el retos importantes entre ellas que el acceso a ellas sea fácil de tal manera que no exista complejidad para tramitación.  

Es de resaltar que todo medio consignado en la constitución para asegurar el goce de un derecho se llama garantía, aun cuando no sea de las individuales.

Por eficacia se entiende el carácter de efectividad para realizar algo o cumplimiento real de un hecho o suceso para lograr el efecto que se desea o espera. La eficacia normativa, consiste en que se cumplan o se observen las conductas prescritas por dicha norma y dejen de producirse las conductas prohibidas por la misma.

El amparo es una muestra clara de un medio jurídico de garantía de los derechos contenidos en una norma jurídica, específicamente en la norma constitucional.

Para lograr que la norma jurídica sea eficaz, el Estado debe considerar elementos que van más allá del contenido de la norma, por ejemplo los siguientes:

Ø  Garantías sociales
Ø  Garantías económicas
Ø  Garantías políticas
Ø  Garantías políticas

Se puede aseverar que las garantías son instrumentos que crea el propio orden jurídico y con los que cuenta el gobernado para poder defender ante terceros, sean estos otros gobernados o la propia autoridad, los derechos subjetivos públicos de que es titular.

La Doctora Leticia Bonifaz al respecto menciona “...que muchas veces se ha llegado a pensar que es suficiente la expedición de una ley para resolver los problemas que en un momento determinado aquejan a la sociedad.  Los resultados esperados en ocasiones no llegan por ineficacia del cuerpo normativo. En el fondo, el problema estriba en que el derecho requiere de ciertas garantías jurídicas y extra jurídicas para lograr y mantener su eficacia.”

Para poder garantizar la  eficaz aplicación del derecho y en general la obediencia las normas jurídicas, existen diversos tipos de garantías:

Garantías económicas: Estas desempeñan un papel muy importante para hacer efectivo el ejercicio de un derecho, el cumplimiento de un deber, o la aplicación de una sanción. Esto se hace más claro cuando se trata de garantizar el goce de derechos subjetivos públicos, que constituyen directamente obligaciones de hacer por parte del Estado frente a los gobernados, como sería el caso del educación obligatoria, pública y gratuita que alude el artículo 3. Constitucional.

Garantías Sociales: Se define como aquellas que protegen al hombre como integrante de un grupo social que protege a los grupos más débiles, a los que históricamente han vivido oprimidos. Genéricamente la garantía social es una relación jurídica entre dos grupos sociales y económicos distintos. Particularmente es el vínculo de derecho entre sujetos que pertenecen a clases sociales con intereses opuestos.

Garantías políticas: Son aquellas que otorga el Estado directamente para respaldar, mediante el uso de su poder la eficacia de las normas jurídicas, ante lo cual no podemos dejar de lado la importancia de la legitimidad de la autoridad que represente  ha dicho estado y que por tanto ésta está facultada para ejercer el poder.

Las garantías políticas no son sino relaciones reales de poder que existen entre los factores políticos organizados, como sería el caso de la división de poderes o el de las esferas de competencia.

Garantías jurídicas: Es el conjunto de disposiciones jurídicas que tienden a hacer efectivas y tutelar la vigencia del derecho. Las garantías jurídicas son medios o mecanismos de derecho, ya están jurisdiccionales o de cualquier otra naturaleza, que permiten hacer efectivo el goce de un derecho.





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